LEY DE “MATRIMONIO” HOMOSEXUAL EN URUGUAY.
Con el
triste privilegio de ser el segundo país latinoamericano y el décimo tercero en
el orbe que ha aprobado con estatuto de “matrimonio” la unión entre personas
del mismo sexo, debemos decir claramente que éstos se contraponen abiertamente
a los prepuestos biológicos y antropológicos del matrimonio. La convivencia entre personas del mismo
sexo no tiene nada en común con la vida conyugal, con la complementariedad de
personas, física y síquica, que implica un matrimonio. Por esto, y siendo
indispensables e inigualables las funciones y la contribución que realizan las
instituciones del matrimonio y la familia a la sociedad, existe un interés
público relevante en preservarlas; y por
eso extender sus estatutos y los beneficios que le corresponden a otras uniones
diversas, como justamente a las de personas del mismo sexo, implica una seria
discriminación y un perjuicio grave e irreparable a los esposos, a los menores,
a las familias, y, en definitiva, a todo el pueblo, siguiendo los conceptos
vertidos para Argentina pero perfectamente aplicables a nuestro país por el
Académico argentino Leonardo Mac Lean el 15 de diciembre de 2010 dirigiéndose a
la Academia Nacional
de Ciencias Morales y Políticas de Argentina). La diversidad biológica y la complementariedad antropológica de los
sexos es el presupuesto real en el que se apoya el matrimonio verdadero, que
impide considerar matrimonio a una unión de personas del mismo sexo.
Es así que
el art. 40 de nuestra Constitución de la República obliga al
Estado a proteger la familia y a su prole, concebida sobre la unión estable de
mujer y varón capaces de generar por sí mismos descendencia. Esta dimensión
está ausente en las uniones diversas del verdadero matrimonio, constituido por varón
y mujer.
Pero
además, el matrimonio (que literalmente refiere a la unión estable del varón
con una mujer), tiene un origen natural y ancestral. Nace con los albores de la
humanidad como designio del Creador sobre la especie humana a la que, según dice
la Revelación ,
ordenó crecer y multiplicarse para dominar la tierra. Por tanto tiene un origen pre judeocristiano y pre islámico. Es la ley
natural, que se puede escudriñar en lo creado, la que nos evidencia que el
matrimonio es una institución natural, que el Derecho y el Estado se han
limitado a reconocer Y QUE NO SON UNA CREACIÓN DE LOS MISMOS. Por ello, mal
podrían innovar la ley, cambiando la naturaleza del mismo. En particular, en el
caso de nuestro país, tal cambio consagrado en la llamada “Ley de Matrimonio
Igualitario”, eufemismo para esconder el verdadero nombre que la misma debería
tener, no se ajusta a la clara raigambre jusnaturalista de nuestra Carta Magna.
Resulta
curioso que el colectivo militante LGTB invoque la “diversidad” para haber elaborado
y propuesto el proyecto de ley aprobado en Uruguay toda vez que la verdadera diversidad es la del hombre y
mujer. Porque solicitar que un
vínculo diverso, como el que constituyen los homosexuales, tenga el mismo
“traje legal” que la unión estable entre hombre y mujer es un contrasentido en
sí mismo, no respetuoso de la pretendida diversidad que autoinvocan. Y
además, basado en la monogamia más sorpresa produce porque siempre el colectivo
gay cuestionó al matrimonio monogámico occidental como conservador y burgués.
Los heterosexuales, en este tren, podrían solicitar la legalización de la
poligamia en cualquier momento. A esto hay que agregar el tema adopción de
menores por parejas homosexuales, que está demostrado científicamente los daños
que producen en los chicos, al violarse el “interés superior del menor”
consagrado por la
Convención de los Derechos del Niño. Entonces cabe
preguntarse que hay detrás de toda esta reivindicación, porque al manifestar
que la unión concubinaria no les satisface y tampoco el proyecto alternativo de
unión civil, prácticamente consagrante del mismo estatuto matrimonial, queda en evidencia que no se trata de un
tema de derechos sino de nombre, de afectación conceptual del verdadero y
único matrimonio. Y es la militancia de la ideología de género que sostiene que
no existe el sexo sino que este concepto debe ser sustituido por el de género
lo que termina de explicar la movida. Por último, agregar que tristeza produjo
escuchar de legisladores de la oposición que votaban a favor porque el vínculo
matrimonio es de índole privada cuando el mismo es incuestionablemente público.
Prof.Dr. Carlos Álvarez Cozzi
Miembro de la Mesa Nacional de Defensa y
Promoción de la Familia.
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