“CURRICULUM VITAE”
del
PROF. DR. CARLOS
ALVAREZ COZZI

http//profdrcarlosalvarezcozzi-cac.bolgspot.com
w.w.w.ccee.edu.uy/ensenian/catderci/curricu.htm
www.facebook.com/carlos.alvarezcozzi
I) DATOS PERSONALES, TITULO Y RESEÑA DE ACTUACION PROFESIONAL.-
I.1) Nació en Montevideo, Uruguay, el 26 de octubre de 1958. Es Doctor
en Derecho y Ciencias Sociales por la Facultad de Derecho de la Universidad Mayor
de la República Oriental del Uruguay desde el 19 de diciembre de 1983,
habiendo sido inscripto por la Suprema Corte de Justicia de ese país en la
matrícula profesional (No.4490) el día de su juramento efectuado el 22 de
febrero de 1984. Es socio del Colegio de Abogados del Uruguay (CAU).
Integra la Comisión
de Asuntos Internacionales del Colegio de Abogados del Uruguay desde marzo de
2011. Ejerce activamente en forma
liberal la profesión de abogado desde
1984 hasta la fecha, ininterrumpidamente, en su propio Estudio Jurídico
de la ciudad de Montevideo, en las materias de derecho civil, de familia y
menores, de arrendamientos y desalojos, comercial, laboral e internacional
privado, asesorando pre-judicialmente y asistiendo judicialmente a personas
físicas y jurídicas.
Actividad
política: Dirigente político socialcristiano. Fue Vicepresidente de la Junta Ejecutiva Nacional de la Unión Cívica de Uruguay desde
2007 hasta julio de 2013. Fue Vicepresidente de la Convención Nacional
de la Unión Cívica
hasta 2007 en que fue electo miembro de la Junta Ejecutiva
Nacional de ese partido. Integró la directiva del Instituto de Estudios Cívicos
del Uruguay (IEC). Fue candidato en 2009 a Representante Nacional suplente por
Montevideo por Alianza Nacional en virtud del acuerdo programático y electoral
alcanzado en 2008 por su partido con el Partido Nacional. Fue candidato a
consejero del Municipio B en 2010 en las elecciones municipales, por Alianza
Nacional, en virtud del acuerdo programático y electoral de su partido con el
Partido Nacional. En julio de 2013, en virtud de que la Junta Ejecutiva
Nacional de la UC ,
aleada a Alianza Nacional, no reaccionó debidamente rechazando el voto que su
líder Jorge Larrañaga dio tanto a la ley de matrimonio homosexual, lo que dijo
no haría en 2009 y al voto que también dio a la Ley de Reproducción Humana Asistida (que permite
el descarte de embriones, que es aborto) renunció a su cargo y a la Unión Cívica. En ese mismo mes
se incorpora a Dignidad Nacional (grupo del Senador Sergio Abreu), del que poco
tiempo después también se desvinculó al dar éste su voto en el Senado a la Ley de Reproducción Humana
Asistida. En agosto de 2013 se suma junto a su grupo, Socialcristianos por
Montevideo, al Partido de la
Concertación , encabezando la bancada de convencionales del
mismo dentro de la
Concertación y en apoyo de la candidatura de Jorge Gandini a la Intendencia de
Montevideo en 2015. En junio de 2014 resulta electo convencional nacional y
departamental por Montevideo de dicho Partido.
I.2)
ESPECIALIZACIONES y CONSULTORIAS. En sus especializaciones en Derecho Internacional
Privado y Derecho Privado, ha evacuado un importante número de consultas a
colegas, particulares y empresas sobre temas de su especialidad referidos a
cuestiones de derecho internacional privado y derecho privado, civil, de
familia y minoridad (sucesión, divorcio, restitución internacional de menores,
tenencia, guarda y visitas, pensiones alimenticias, etc.), comercial, procesal
internacional civil (jurisdicción, cooperación de trámite, probatoria,
cautelar, eficacia de sentencias) e internacional penal (jurisdicción,
asistencia, extradición) en general y en su última especialización en Derecho
Internacional Penal (jurisdicción internacional, asistencia procesal
internacional y extradición en materia de narcotráfico, lavado de activos y
corrupción (delincuencia organizada transnacional)).
Ha realizado consulta
sobre extradición en materia de
corrupción, y otros asesoramientos, encargados por la Junta Anticorrupción
(Junta de Transparencia y Etica Pública).
Desde 2013 es
colaborador de la prestigiosa revista digital argentina www.pensamientopenal.com.ar ,
donde ha publicado varios trabajos sobre Derecho Internacional Penal
(asistencia penal internacional, extradición, traslado de condenados, refugio).
I.3)
CONSULTORÍA, ASESORÍAS PERMANENTES Y OTRAS ACTIVIDADES.
I.3.1) CONSULTORIAS JURÍDICAS. Fue consultor jurídico internacional (externo)
de la empresa de servicios financieros “Bado, Guerra y Vargas asociados” y asesor
letrado en Uruguay de la empresa brasileña “Transportadora DM” de transporte
internacional de carga.
I.3.2) Fue asesor jurídico general de
PERSIL S.A. (CAMBIO PLAZA), de Importadora Ricardo NACHAJON LIMITADA y de la Agencia de Publicidad
IDEAS GRUPO UNO INTERNACIONAL. Es asesor jurídico de ALER S.A., empresa del
ramo de productos sanitarios.
I.3.3) Estuvo relacionado
profesionalmente con el Colegio de
Traductores Públicos del Uruguay, habiendo dado varias charlas en los años 1999,
2000 y 2001 a sus asociados sobre temas de Derecho
Internacional Privado de interés para los traductores públicos como los de
Legalización y Traducción de Documentos, Cooperación Jurídica Internacional,
Asistencia Penal Internacional y Extradición.
I.3.4)
ACTIVIDADES INTERNACIONALES EN CALIDAD DE EXPERTO. Ex Experto
Internacional del ex Programa de Naciones Unidas para la Fiscalización
Internacional de Drogas (PNUFID). Integra desde 2006 el Grupo
de Expertos en Asistencia Penal Internacional y Extradición de los países
miembros de la O.E .A.
Fue punto de contacto en materia penal en el sistema de correo seguro groove de
la OEA y en el
sistema IBERRED de cooperación jurídica internacional hispano-luso-americana.
Experto en cooperación jurídica internacional de los Estados parte del MERCOSUR
y Asociados, habiendo sido delegado y negociador por la parte uruguaya de
varios Protocolos y Acuerdos suscritos y ratificados por la República.
I.3.5) CONSULTORIAS. Es Consultor Jurídico
“on line” en Derecho Internacional Privado y en Derecho Privado y Consultor
Empresarial en el portal en español de Catholic.net (www.es.catholic.net)
desde el año 2000. Desde
el mismo año es Director de la
Comunidad de Abogados Católicos de dicho portal. En diciembre
de 2008 se lo designó como Director del “Curso “on line” de Doctrina Social
Cristiana” del portal catholic.net en español, que se desarrolló en los
primeros meses de dicho año. Y en mayo de 2009 se desempeñó como Director del
“Curso virtual sobre Doctrina Política Católica” que se pudo seguir también
desde dicho portal de internet. Es desde 2010 Consultor Jurídico Familiar del
Consultorio del portal católico “Church Forum”,(www.churchforum.org).
I.3.5.1) Desde 2007 es miembro de la organización no gubernamental
“Uruguay Transparente”, filial de “Transparencia Internacional” y desde 2008
miembro de la “Asociación Ciudadana por los Derechos Civiles”.
I.3.5.2) Desde 2005 es apoderado legal y consultor jurídico
internacional en Uruguay de la
Orden de los Frailes Menores Capuchinos -(Provincia del
Río de la Plata )-
de la Iglesia
Católica , Apostólica y Romana (Asociación Civil Capuchina).
I.3.5.3) Es miembro desde 2006 de la organización “Vida Humana
Internacional”, perteneciendo a su equipo de abogados defensores de la vida
y fue fundador, en el mismo año, de la asociación civil “Derecho y Vida” para
la defensa de la vida desde la concepción hasta la muerte.
I.3.6) BIOÉTICA Y BIODERECHO.
De 2003 a
2005 fue miembro de la
Comisión de Bioética Médica del Círculo Católico de Obreros
del Uruguay.
De 2005 a 2007 fue miembro del
Instituto de Bioética “Juan Pablo II” de la Arquidiócesis de
Montevideo.
Desde 2009 es miembro fundador de la Asociación Civil
de Estudios de Biótica y Salud de la ciudad de Montevideo.
En julio de 2010 participó, como miembro fundador del Instituto de
Estudios de Bioética y Salud de Montevideo (IEBS) con una Ponencia sobre
“BIOÉTICA Y BIODERECHO EN EL MUNDO CONTEMPORÁNEO”, al XV Congreso de Ciencia y
Vida de la
Universidad Libre Internacional de las Américas (ULIA) en la Mesa Redonda No. 3:
Poder, Democracia y Bioética, que tuvo lugar del 21 al 23 de julio de 2010,
junto con el Dr. Eduardo Casanova.
BIODERECHO, BIOETICA
y DOCTRINA SOCIAL CRISTIANA.
Colaborador desde 2013 del portal digital www.forumlibertas.com de e-cristians
de España, del portal www.es.catholic.net
desde el año 2000, del portal www.politicadeestado.com
de Argentina, desde 2013, del portal www.ofsmexico.blogspot.com, de los
franciscanos seglares de México desde 2014.
1.3.7. LAICIDAD. Ha sido
invitado en 2012 por la Universidad
Monstesquieu de Burdeos, Francia, a participar por Uruguay en
la publicación de una obra colectiva en idioma francés, con autores de varios
países latinoamericanos, con el título “Laicidad en Latinoamérica”, que será
editado en 2014. Su tesis entregada en marzo de 2013 se llama: “LAICIDAD O
LAICISMO, la realidad de Uruguay”. El libro conteniendo su tesis se editó en
junio de 2014 en Burdeos, Francia.
II) ACTIVIDAD ACADEMICA.-
Armado conforme al Reglamento vigente para designaciones docentes de la Facultad de Derecho de
UDELAR.
9.3.4. (De los
distintos méritos que se deben considerar)
9.3.4.1.
(Descripción de rubros y criterios de adjudicación)
Se establecen a
continuación los rubros en los cuales se agruparan los méritos y, en cada uno,
los criterios
a tener en cuenta por el
tribunal o comisión asesora para la adjudicación de puntajes; estableciéndose
los puntajes
de cada rubro en la tabla
prevista en el artículo 9.3.4.2. del presente Reglamento.
Rubro 1.
Designaciones para ocupar cargos docentes o desempeñar funciones docentes
honorarias en
Instituciones
Terciarias Públicas y evaluación del desempeño en esos cargos y funciones
docentes honorarias.
I) Pautas para la
valoración de las designaciones.
A) Al adjudicar puntajes
por las designaciones sólo se tomarán en cuenta las designaciones para ocupar
cargos en efectividad e
interinamente en Instituciones Terciarias Públicas (asimilando a las
designaciones interinas,
a estos efectos, las
designaciones para desempeñar funciones docentes honorarias en la Facultad de Derecho
de la Universidad de la República ), y deberán
tenerse en cuenta el grado correspondiente al cargo para
el cual el concursante
fue designado, el carácter efectivo o interino de la designación, la extensión
del período
de esa designación y la
dedicación horaria originalmente atribuida en la misma y sus eventuales
variaciones.
(Art. 4º del Reglamento de Docentes Honorarios
de la Facultad
de Derecho de la
Universidad de la República )
B) Si se tratare de
cargos en instituciones de nivel terciario públicas, diferentes de la Universidad de la República ,
deberán tomarse en cuenta
las características del llamado para la provisión del cargo, el modo de
selección
y el reconocimiento
académico de dichas instituciones.
C) Si se tratare de
cargos en Instituciones Terciarias Públicas, en áreas diferentes a la de la
disciplina del
cargo del concurso,
deberá tomarse en cuenta el grado de conexión de dichas áreas con el área de la
disciplina
del cargo del concurso.
II) Pautas para la
valoración del desempeño en los cargos docentes, o en funciones docentes, en
Instituciones
Terciarias Públicas.
A) Si se tratare de
desempeño de cargos o funciones de enseñanza (teórica o práctica), se tomará en
cuenta
(atendiendo a lo que
resulte acreditado –inclusive las evaluaciones institucionales, comprendiendo
la estudiantil–):
el interés por la misma,
la actitud creativa, la preparación de las intervenciones, el presentismo y
puntualidad,
la continuidad del
desempeño, la clase de relacionamiento con los estudiantes y demás docentes, la
participación en la
formación de recursos humanos, la participación en las actividades del
instituto, grupo docente,
cátedra o unidad de
gestión académica correspondiente, la capacidad para evaluar, la participación
efectiva
en las evaluaciones, el
nivel de conocimiento demostrado u otros aspectos relevantes.
B) Si se tratare de
desempeño de cargos o funciones de investigación, se tomará en cuenta
(atendiendo a lo
que resulte acreditado): el
valor y originalidad de los productos resultantes de la investigación, el
interés demostrado
por la misma, la actitud
creativa, el grado de cumplimiento de la investigación encomendada, la
continuidad
del desempeño, la
participación en la formación de recursos humanos para la investigación, la
participación en las
actividades del instituto, grupo docente, cátedra o unidad de gestión académica
correspondiente
u otros aspectos
relevantes.
C) Si se tratare de
desempeño de cargos o funciones que incluyan importantes tareas de extensión o
asistencia,
se tomará en cuenta
(atendiendo a lo que resulte acreditado): el interés por la extensión y
asistencia, la
actitud creativa, el
grado de cumplimiento de las tareas encomendadas, la continuidad del desempeño,
la calidad
del resultado de dichas
tareas, la participación en la formación de recursos humanos para extensión o
asistencia,
la participación en las
actividades del instituto, grupo docente, cátedra o unidad de gestión académica
correspondiente
u otros aspectos
relevantes.
D) Si se tratare de
desempeño de cargos o funciones que incluyan importantes tareas de gestión
académica,
se tomará en cuenta
(atendiendo a lo que resulte acreditado): el interés por la gestión académica,
la actitud creativa,
el grado de cumplimiento
de las tareas encomendadas, la continuidad del desempeño, la calidad del
resultado
de dichas tareas, la
participación en la formación de recursos humanos para la gestión académica u
otros
aspectos relevantes.
III) Valoración total del
rubro 1.
A) No se tomará en cuenta
como méritos la designación o el desempeño en cargos públicos obtenidos durante
regímenes de facto.
(Resoluciones del
C.D.C. adoptadas con los números 8, 65 y 93 en sesiones de fechas 15 de marzo,
2 de
julio y 20 de
agosto de 1985, respectivamente).
B) La valoración total de
la designación y el desempeño en cargos del rubro 1 se realizará de acuerdo a
los
sub-puntajes que, según
el grado del concurso, surgen de la tabla del artículo 9.3.4.2 de este
Reglamento.
II.1) Profesor
Titular efectivo (grado 5) de Derecho Privado I en la Facultad de Ciencias
Económicas y de Administración de la Universidad Mayor
de la República
Oriental del Uruguay,-materia
afín al Derecho Internacional Privado- desde el 23.12.2004 (con vigencia
1.1.2005) en que fue designado por el Consejo de Facultad, luego del llamado a
concurso de méritos dispuesto y con alto puntaje otorgado por la Comisión Asesora
integrada por los Catedráticos Dres. Juan Andrés Ramírez, Santiago Carnelli y
Siegbert Rippe. Es el titular del Grupo A de la asignatura. En diciembre
de 2006 fue reelecto por primera vez, por el Consejo de Facultad en la última
sesión del año, por siete votos en siete, es decir por unanimidad, por el
reglamentario lapso de cinco años, para el período enero 2007-enero 2012. Fue
reelecto en el cargo por el Consejo por segunda vez, por unanimidad, para el
período 1º de enero de 2012 a
31 de diciembre de 2016. Desde
1984 y hasta la fecha en forma ininterrumpida es profesor de la materia en esa
Casa de Estudios. Ingresó en Facultad en 1984 como Asistente grado
2, luego obtuvo por concurso el cargo de Profesor Adjunto grado 3, momento
desde el cual y hasta la fecha, ininterrumpidamente, tiene grupo a cargo y mas
tarde, también por concurso, obtuvo el cargo de Profesor Agregado grado 4. En
diciembre de 2003, por resolución del Consejo de Facultad, había sido encargado
interinamente de la Cátedra
de Derecho Civil hasta la provisión definitiva del cargo por
concurso, acaecido en diciembre de 2004. Ha integrado siempre los tribunales
examinadores de la materia, tribunales de tesis de graduación, así como ha
sido designado varias veces por el Consejo de Facultad para integrar tribunales
o comisiones asesoras en llamados para la provisión de cargos docentes en
Derecho Civil y en Derecho Comercial. Confeccionó en 2004 la página web de la Cátedra de Derecho Civil
para el Plan de Asignaturas de la página web de la Facultad de Ciencias
Económicas y de Administración (www.ccee.edu.uy). Asimismo reorganizó la Cátedra en 2004
promoviendo el ingreso de nuevos asistentes. Fue electo por dicha Facultad
representante por el orden docente a la Asamblea General
del Claustro de la
Universidad de la República en 2005. En 2009-2010 integró a su
Cátedra a la
Plataforma EVA-MOODLE de Facultad. En el año 2012, asumió con
el nuevo plan de estudios, como Coordinador de su materia para las Regionales
del interior, Maldonado (CURE) y Tacuarembó (CUT). En 2013 fue designado por el
Consejo de Facultad como Coordinador de Unidad Académica Jurídica Asociada al
Departamento de Contabilidad y Tributaria de Facultad, abarcando Derecho Civil
y Derecho Comercial.
En 2014 integró el Comité Académico de la Jornada homenaje al Prof.
Siegbert Rippe en oportunidad de su retiro de la docencia, que tuvo lugar el 14
y 15 de octubre de 2014 con presencia de destacados profesores nacionales y
extranjeros. Su trabajo “Actuación Extraterritorial de las Sociedad Comerciales
a 25 años de la Ley
16.060, Balance y Conclusiones” integra la obra colectiva editada por Fundación
de Cultura Universitaria.
II.2) Profesor
Adjunto (Grado 3) de Derecho Internacional Privado en la Facultad de Derecho de la Universidad Mayor
de la República
Oriental del Uruguay, habiendo obtenido el cargo por Concurso, entre 1993
y 2012 inclusive. En relación a su
formación a nivel nacional, comenzó su carrera
docente en la materia en el año 1984, obtuvo el grado académico de
Profesor Adscripto el 16 de mayo de 1991 y se desempeñó por Concurso
como Profesor Asistente Grado 2 desde 1987 y
hasta que fue designado, también por Concurso, Profesor
Adjunto Grado 3, primero en forma interina en 1993, y a partir de 1995 en forma
efectiva, hasta la fecha, habiendo
sido reelecto por el Consejo de Facultad en 1997, en 2002, y por última vez el
8 de febrero de 2007 hasta el año 2012. Fue, desde que ocupa el actual
cargo docente, el profesor adjunto del Grupo del Profesor Titular y Director
del Instituto de Derecho Internacional Privado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República , Dr. Eduardo
Tellechea Bergman hasta el año lectivo 2007 inclusive. En el año 2004, por licencia por enfermedad del titular, se le
confirió la responsabilidad de ser Encargado interinamente de Curso de Derecho
Internacional Privado (curso libre-controlado). A partir del año 2008 fue
co-titular del Grupo Libre Controlado “C” de Abogacía y Notariado. A
partir de 2011 es titular exclusivo de Grupo Docente. HA EJERCIDO LA DOCENCIA DEL DIPr. EN
FORMA ININTERRUMPIDA SOLO EN EL GRADO 3 DURANTE 20 AÑOS CONSECUTIVOS, DE LOS
CUALES DESDE 2008 CON GRUPO A CARGO, COMPLETANDO 28 AÑOS TAMBIEN
ININTERRUMPIDOS DESDE SU INGRESO A LA CARRERA DOCENTE. En marzo de 2009 ocupó el tercer lugar en
el orden de prelación, con vigencia 12.3.2009-12.3.2011, para la provisión
definitiva de cargos de Profesor Agregado Grado 4 de la materia. Con el ascenso
de primeros debió de haber quedado en puerta para acceder a dicho grado en
efectividad dentro del bienio 2009-2011. En 2010 ya se han producido las
vacantes en el grado 4 que lo habilitaban para ascender al mismo no obstante lo
cual en 2011 el Consejo llamó nuevamente a concurso (·). Ha integrado e
incluso presidido tribunales examinadores durante toda su vida de docente en la Facultad de Derecho e
incluso ha sido designado miembro de comisiones asesoras para juzgar los
méritos de los aspirantes a ingresar a la carrera docente o para la provisión
de cargos docentes (grados 1 y 2).
(·) En el llamado LLOA para ascenso
de grado, dispuesto por la
Universidad de la República en el año 2008, en expediente No.
0513-0011751-08, para Profesor Agregado Grado 4 efectivo en la Facultad de Derecho, ocupó el tercer
lugar en el orden de prelación fijado por la comisión asesora,
homologado por el Consejo, al quedar reglamentariamente eliminada, por falta de
regularidad documental, la postulación de otro docente que la comisión había
considerado con igual puntaje que el Prof. Dr. Alvarez Cozzi. Asimismo corresponde consignar que varios
méritos suyos no fueron computados por error del tribunal como su Grado 5 en
Derecho Privado en la
Facultad de Ciencias Económicas y de Administración de UDELAR
así como publicaciones en materia de derecho penal, civil, bioderecho y
bioética. Reclamado el punto el Consejo pasó al expediente al Dr.
Tellechea, el que no la evacuó.
En el llamado LLOA del año 2009 de la UDELAR , para ascenso de
grado, en el exp. No. se
presentó para Profesor Agregado Grado 4 de Derecho Internacional Privado y fue
calificado por el CDC como apto para postular a dicho ascenso en la carrera
docente, por considerarlo sobrecalificado para el actual Grado 3, Profesor
Adjunto, que ocupa.
En
octubre de 2007 fue admitido como miembro de la Asociación Americana
de Derecho Internacional Privado (ASADIP). En 2013 renunció a la misma en
virtud de que integran dicha Asociación tres profesores de DIPr uruguayos que
lo persiguieron en la
Facultad de Derecho de UdelaR.
Desde
noviembre de 2008 fue miembro del Consejo Redactor de la “Revista Jurídica LA LEY Uruguay ”, por la
materia Derecho Internacional Privado. Desde mayo de 2009 fue colaborador del
Boletín Digital de la “Revista Jurídica LA LEY Uruguay ”. Desde
noviembre de 2009 fue co-responsable por Derecho Internacional Privado, de la Revista Jurídica
“LA LEY “On Line”
Uruguay (para Doctrina y Jurisprudencia).
En
abril de 2010, la Dra. Ana
Núñez, cursante del Centro de Altos Estudios Nacionales (CALEN), lo designó, (y
fue confirmado por dicho Centro) para ser el tutor en la monografía que se le
asignara en ese Centro de Estudios que versa sobre temas vinculados con el
combate trasnacional contra el narcotráfico, concretamente “La seguridad
regional y el narcotráfico. Situación actual. Medidas de cooperación a nivel
internacional y nacional”. Dicha monografía fue aprobada con altas calificaciones.
En agosto de 2010 (ver infra), en su
calidad de especialista en cooperación penal internacional tutoreó una
monografía de estudiantes de Derecho Penal de la Facultad de Derecho de
UDELAR (Grupo del Prof. Germán Aller), sobre el tema Extradición.
II.3) Desde 2012 es Profesor de
Derecho Internacional Penal en la Universidad de la Empresa de Uruguay (UDE),
habiendo dictado en set-oct de 2012 junto con el Prof. Langón Cuñarro un
Seminario sobre “Crimen Organizado Transnacional.” En ago-set de 2014 dictó
junto al Dr. Martín Pecoy un Seminario sobre “Ciberdelincuencia Trasnacional”,
dentro del programa de la
Escuela de Negocios de la UDE.
II.4) En 2013 Profesor de Derecho
Internacional Penal en la
UNIVERSIDAD DE MONTEVIDEO (UM) en el “Postgrado de Derecho
Penal Económico”, dictando la parte de Cooperación penal económica
internacional.
II.4)Profesor
de Derecho Internacional Privado en la Maestría de Desarrollo Humano (a distancia) de
ULIA, Universidad Libre Internacional de las Américas, habiendo sido publicado en diciembre de 2002 en la página web de ULIA
su trabajo sobre “Comercio Global: el narcotráfico y el lavado de activos.
Un desafío para las conciencias, la cooperación y la asistencia jurídica
internacional”. Expuso sobre el mismo tema en el Congreso de la Fundación Interamericana
Ciencia y Vida de ULIA en setiembre de 2002 en la ciudad de Buenos Aires,
en la sede la
Pontificia Universidad Católica Argentina (U.C.A.).
II.5)Fue Profesor de Derecho Internacional Privado en el CEJU (Centro de Estudios
Judiciales del Uruguay), habiendo sido encargado en el año lectivo 2001 para dar a los
magistrados penales en los meses de agosto y setiembre un “Curso de Asistencia
y Extradición en el Derecho Internacional uruguayo”.
II.6) Fue Profesor
Asistente de Derecho Internacional Privado en la Licenciatura de Relaciones Internacionales de la Facultad de Derecho, Universidad Mayor de la República , Montevideo,
Uruguay.
II.7) Fue Profesor de Introducción
al Derecho en la Escuela
de Administración (E.D.A.), con grupo a cargo, dependiente de la Facultad de Ciencias
Económicas y de Administración de la Universidad Mayor
de la República ,
Montevideo, Uruguay, desde 1984 y hasta 1992.
Rubro 2. Desempeño
en cargos de gobierno o colaboración con el gobierno, en la Universidad de la
República.
A) En este rubro, por ser
cargos de apoyo directo a los cargos de gobierno, también se incluirán los
desempeños
como prorectores y
asistentes académicos.
B) Al adjudicar puntaje
por este rubro el tribunal tomará en cuenta la naturaleza del cargo (efectivo o
interino)
o desempeño honorario de
funciones, el período de tiempo del desempeño, la continuidad del mismo, la
dedicación horaria, el
grado de cumplimiento de dicho desempeño.
C) No se tendrán en
cuenta como méritos los cargos públicos obtenidos durante regímenes de facto.
(Resoluciones del
C.D.C. adoptadas con los números 8, 65 y 93 en sesiones de fechas 15 de marzo,
2 de
julio y 20 de
agosto de 1985, respectivamente)
D) Se incluye en este
rubro el desempeño en la colaboración honoraria en Comisiones y toda tarea de
apoyo
al co-gobierno en la Universidad de la República.
E) Los puntajes por este
rubro, según el grado del concurso, surgen de la tabla del artículo 9.3.4.2 de
este
Reglamento.
III) DESEMPEÑO EN CARGOS DE GOBIERNO O
COLABORACION CON EL GOBIERNO EN LA UNIVERSIDAD DE LA REPUBLICA.
Fue integrante del Claustro de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República por el Orden
Docente. Fue integrante en 2005 de la Asamblea General
del Claustro de la
Universidad de la Republica por el Orden Docente por la Facultad de Ciencias
Económicas y de Administración.
Integró por el Instituto de Derecho
Internacional Privado de la
Facultad de Derecho, como miembro, la Comisión de Reválidas
Internacionales. En 2011 fue electo en las elecciones universitarias integrante
por el orden docente de la
Asamblea del Claustro de Facultad de Ciencias Económicas y de
Administración de UDELAR.
Facultad
Rubro 3. Tareas de
extensión o asistencia universitarias prestadas en el desempeño de funciones
docentes
en la Universidad de la República.
A) Se tomará en cuenta la
conexión respecto del área de la disciplina del cargo del concurso.
B) En este rubro el
tribunal no deberá considerar aquellas tareas de extensión y asistencia que ya
se hayan
tomado en cuenta al
adjudicar puntaje correspondiente a cargos y desempeño de funciones que
incluyan importantes
tareas de extensión o
asistencia (artículo 9.3.4., Rubro 1).
C) Los puntajes por este
rubro, según el grado del concurso, surgen de la tabla del artículo 9.3.4.2 de
este
Reglamento.
IV) TAREAS DE EXTENSION O ASISTENCIA
UNIVERSITARIAS PRESTADAS EN EL DESEMPEÑO DE FUNCIONES DOCENTES EN LA UNIVERSIDAD DE LA
REPUBLICA. Ha dictado charlas sobre temas
de Derecho Internacional Privado civil, de familia y procesal internacional, a
abogados, escribanos y magistrados, en todo el interior de la República en los últimos
años, por el “Programa de Actualización para Egresados” que la Facultad de Derecho de la Universidad de la República tiene con el
Colegio de Abogados y la
Asociación de Escribanos del Uruguay.
Rubro 4. Formación
de grado a nivel terciario.
A) Al adjudicar puntaje por
este rubro el tribunal tomará en cuenta todas las características de los
estudios
realizados, priorizando
aquellos culminados y en particular los efectuados en la Universidad de la República ,
el grado de conexión con
el área de la disciplina del cargo del concurso, la escolaridad correspondiente
y el
grado de reconocimiento
académico de la institución en que ellos se realizaron.
B) Los puntajes por este
rubro, según el grado del concurso, surgen de la tabla del artículo 9.3.4.2 de
este
Reglamento.
V) FORMACION DE GRADO A NIVEL TERCIARIO. Corresponde tomar toda
la formación terciaria de grado desde 1977 a 1983 inclusive para obtener el titulo de
Doctor en Derecho y Ciencias Sociales en diciembre de 1983. Se adjunta
certificado de estudios con promedio general de notas y en la materia, que
surge del mismo.
Rubro 5. Formación
de posgrado: Especialización, Diploma, Maestría o Doctorado.
A) Al adjudicar puntaje
por este rubro el tribunal incluirá a los estudios de posgrado aún si ellos no
se hubieren
completado, y, asimismo,
incluirá como estudios de posgrado los correspondientes a la formación como
Profesor Adscripto de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República , priorizando
en cualquier caso
los estudios culminados y
en particular los realizados en la Universidad de la República , y tomando
siempre
en cuenta todas las
características de dichos estudios, el grado de conexión con el área de la
disciplina del
cargo del concurso, la
escolaridad correspondiente y el grado de reconocimiento académico de la
institución
en que ellos se
efectuaron.
B) Los puntajes por este
rubro, según el grado del concurso, surgen de la tabla del artículo 9.3.4.2 de
este
Reglamento.
VI)
FORMACION DE POSGRADO. VI.1) Por tener nivel equiparado a
especialización, corresponde computar toda la formación de la Aspirantía en Derecho
Internacional Privado realizada en la Facultad de Derecho de la Universidad de la Republica realizada
entre 1984 y 1987, en que fue designado Asistente Grado 2 en Derecho
Internacional Privado. De la carpeta de Personal puede apreciarse las altas
calificaciones obtenidas en dicha Aspirantia. En 1991, culminada la misma,
obtuvo el título académico de Profesor Adscripto de Derecho Internacional
Privado.
VI.2) En lo
relativo a su formación de posgrado a nivel nacional e internacional,
en agosto 1985 concurrió por Uruguay, en calidad de becario, al XII Curso de Derecho Internacional,
organizado por el Comité Jurídico Interamericano de la OEA , en Río de Janeiro,
Brasil, habiendo aprobado el examen final, según se acredita. En 1987
realizó en Montevideo el Seminario de Derecho Internacional Privado del
profesor alemán F. Juenger, co-organizado por la Fundación Fullbright
y el Instituto de Derecho Internacional Privado de la Facultad de Derecho de la UDELAR. Asimismo en
1990 participó por Uruguay en un Seminario
de Derechos Humanos organizado por la Universidad de
Belgrano, de la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, con el patrocino
del Instituto Holandés de Derechos Humanos.
Rubro 6. Formación
en cursos de educación permanente o extracurriculares.
A) Al adjudicar puntaje
por este rubro el tribunal tomará en cuenta todas las características de los
estudios
efectuados, la carga
horaria, el grado de conexión con el área de la disciplina del cargo del
concurso y considerará
en todos los casos y de
forma principal la evaluación de los mismos -si la tuvieren-, así como el grado
de reconocimiento
académico de la institución en que ellos se realizaron.
B) Los puntajes por este
rubro, según el grado del concurso, surgen de la tabla del artículo 9.3.4.2 de
este
Reglamento.
Rubro 7. Formación
metodológica o técnico pedagógica.
A) En este rubro se
considerará toda formación metodológica o técnico pedagógica que no deba ser
considerada
en el rubro 5 (al tomar
en cuenta la formación como Profesor Adscripto de la Facultad de Derecho en
B) Los puntajes por este
rubro, según el grado del concurso, surgen de la tabla del artículo 9.3.4.2 de
este
Reglamento.
VII) FORMACION METODOLOGICA O TECNICO
PEDAGOGICA. La
propia de la exigida para la obtención del titulo académico de Profesor
Adscripto en Derecho Internacional Privado que se adjunta.
Rubro 8. Trabajos
dados a publicidad en papel o por otra clase de soportes, incluso electrónicos
o similares,
o inéditos.
A) En este rubro no se
tomará en cuenta los trabajos que deben considerarse en otros rubros (como aquellos
que deben tomarse en
cuenta al evaluar el desempeño de funciones docentes de investigación, al
evaluar la formación
de grado, posgrado o
educación permanente y extracurricular, o al evaluar la participación en
eventos
académicos).
B) El tribunal tomará muy
especialmente en cuenta el grado de conexión con la disciplina, la calidad de
los trabajos, la
originalidad del aporte realizado, y si se tratare de trabajos colectivos,
tomará en cuenta muy
particularmente el
alcance de la participación del concursante en su realización (lo cual deberá
ser correctamente
determinado y acreditado
por dicho concursante).
C) Se incluirán aquellos
trabajos aún no dados a publicidad, siempre que se acompañe una versión
completa
de los mismos y su
autoría resulte suficientemente cierta a juicio del tribunal.
D) Los puntajes por este
rubro se adjudicarán según si el trabajo es en el área de la disciplina del
concurso
(Sub-rubro 8.1) o en
otras disciplinas (Sub-rubro 8.2), según el grado del concurso, de acuerdo a la
tabla del
artículo 9.3.4.2 de este
Reglamento.
VIII)
TRABAJOS PUBLICADOS
VIII.1)
Libros:
Es autor de los siguientes libros: 1)
“RESTITUCION INTERNACIONAL DE MENORES”, Editorial Universidad
(Montevideo) 1988, y también publicado por el Instituto Interamericano del Niño
(I.I.N.) de la OEA ,
1988, 2) “LA
AUTORIDAD CENTRAL , Nueva vía de cooperación jurídica
internacional”, 1992, Editores Asociados, distribuido por Depalma,
Montevideo-Buenos Aires, 3) Coautor de “EXTRADICION. Normas nacionales y
convencionales”, (2ª. Edición, 1997), Ed. Universidad, 1ª, edición
publicada por el MEC y 4) “LA ASISTENCIA JURIDICA INTERNACIONAL Y LA EXTRADICIÓN EN LOS
DELITOS DE NARCOTRÁFICO Y LAVADO DE ACTIVOS, Estado actual de la cooperación
con referencia al Derecho convencional y nacional de la República. Anexo
normativo”, Ediciones del Foro, Montevideo,2001.
VIII.2) Artículos de revista: Es autor de los
siguientes artículos: 1) “La acción de recetar sicofármacos en ausencia
de un cuadro que así lo requiera y la ley 14.294” , Sección
Jurisprudencia de la Revista
del Instituto Uruguayo de Derecho Penal (INUDEP), año I, No. 2, julio-diciembre
de 1980, pág,221 y ss., ediciones AMF; 2) “Algunas reflexiones en torno a la
obscenidad en sus relaciones con la moral, el arte y el Derecho penal”, sección
Doctrina, pág. 129 y ss. de la
Revista del INUDEP, año II, No.4, julio-diciembre de 1981,
edición AMF; 3) “La defensa penal como
“ministerio público”, sección Doctrina, pág.129 y ss. de la Revista del INUDEP, año
IV, No.6, junio-diciembre de 1983; 4) “La teoría de las nulidades en la Jurisprudencia ”, en
Anuario de Derecho Civil Uruguayo, tomo X, vol.I, año 1981, Panorama de la Jurisprudencia ,
págs. 166 y ss., FCU; 5) “Sucesión intestada internacional. Filiación adoptiva
plena extranjera y su incidencia en el orden de llamamiento de sucesión local.
Cuestión previa o incidental. Aplicación del Derecho Extranjero”, Anuario de
Derecho Civil Uruguayo, Tomo XXIV, en homenaje al Prof. Dr. Eduardo Vaz
Ferreira, sección Jurisprudencia, págs. 677 y ss. FCU; 6) “Jurisdicción internacional en regulación
de honorarios en quiebra internacional”, sección Jurisprudencia Comentada del
Anuario de Derecho Comercial Uruguayo, No. 6, págs. 289 y ss., FCU; 7) “La
inmunidad de jurisdicción de los Estados”, L.J.U., Tomo 118, año 1998,
sección Doctrina sobre caso 13.288; 8) “La Cooperación Jurídica
Penal Internacional en el Ambito de la Prevención y Represión del narcotráfico y Delitos
Conexos”, en “Aportes Jurídicos”, No.1, noviembre de 1999, publicación del
Ministerio Público y Fiscal, Area de Capacitación; 9) “El aborto y los
compromisos internacionales asumidos por el Uruguay”, año 2003, publicado en
internet en la página web de “Cristianismo y Liberación”; 10) “Comercio global: la asistencia y la extradición en los delitos de
narcotráfico y lavado de activos. Un desafío para las conciencias, la
cooperación y la asistencia jurídica internacional”, publicado en diciembre
de 2002 en la página web www.ulia/ficv.org de la Fundación Interamericana
Ciencia y Vida de la
Universidad Libre Internacional de las Américas (U.L.I.A.)
para la Maestría
de Desarrollo Humano a distancia; 11)
“Qué órgano jurisdiccional nacional debe conocer de un pedido de asistencia
penal internacional referido a solicitud de envío de copia testimoniada de un
presumario penal”, comentario de sentencia de la Suprema Corte de
Justicia en el “caso Berríos”, en sección jurisprudencia, pág. 179 y s.s. de la RUDIP (Revista Uruguaya de
Derecho Internacional Privado), Año V, No.5, año 2003; 12) “El arresto preventivo en los procesos de extradición”,
publicado en L.J.U. tomo 130 de setiembre-octubre 2004, en la edición en papel
y también en la “on line” (www.lajusticiauruguaya.com.uy)
y en la Revista Jurídica
“La Ley Uruguay ”,
D 2493/2010); 13) “Reconocimiento
legal de las uniones civiles homosexuales”, publicado en junio de 2006 en
la página web de www.es.catholic.net,
(Comunidad de Abogados Católicos, Bioderecho); 14) “Ante el proyecto de ley de
uniones concubinarias en Uruguay”, publicado en setiembre de 2006 en la página
web en español de catholic.net (www.es.catholic.net),
Comunidad de Abogados Católicos, sección El Abogado y la Política , tema de
actualidad; 15) “El aborto en Uruguay, Jerarquía supralegal de los tratados
internacionales ratificados. Constitucionalización de la protección de los
derechos humanos consagrados por instrumentos internacionales. Responsabilidad
internacional del país en caso de violar lo preceptuado en un tratado”,
publicado en octubre de 2006 en el portal en español de catholic.net (www.es.catholic.net) en la página de la Comunidad de Abogados
Católicos/Bioderecho; 16) “Legalización del aborto en Uruguay. Informe de la Unión Cívica al
Senado de la
República Oriental del Uruguay”, 21 de noviembre de 2006,
presentado por el Prof. Dr. Carlos Alvarez Cozzi en nombre de la Junta Ejecutiva
Nacional. Publicado en actas de la
Cámara de Senadores en la página web del Parlamento; 17) “Reconocimiento
legal de las uniones homosexuales II”, publicado en diciembre de
2006 en la página www.es.catholic.net/abogados católicos; 18)
“¿Adopción por homosexuales se habrá de autorizar en Uruguay?, publicado en
setiembre de 2007 en portal www.es.catholic.net/comunidad de abogados
católicos/actualidad; 19) “Francia reconoce el derecho de los niños nacidos
sin vida a ser inscritos en el Registro Civil”, publicado en la página de la Comunidad de Abogados
Católicos de es.catholic.net en febrero de 2008; 20) “Ideología o perspectiva
de género”, publicado en febrero de 2008 en la página web de la Comunidad de Abogados
Católicos de www.es.catholic.net; 21)
“El concubinato homosexual y el nuevo sistema de salud en el Uruguay”,
publicado en febrero de 2008 en www.es.catholic.net, página de la Comunidad de Abogados
Católicos; 22) “Las parejas homosexuales y la adopción de niños en Uruguay”,
publicado en abril de 2008 en el portal www.es.catholic.net/abogados católicos;
23) “EXTRADICIÓN Y TRASLADO DE
CONDENADOS” “PRIMER CASO DE CUMPLIMIENTO EN URUGUAY DE SALDO DE CONDENA
PENAL RECAIDA EN LA REPUBLICA
ARGENTINA , CONFORME AL ART. 10 DEL TRATADO DE EXRADICION DE
1996 VIGENTE ENTRE AMBOS ESTADOS, RESUELTA POR SEDE NACIONAL DENTRO DE UNA
CAUSA DE EXTRADICIÓN. RELACION DEL TEMA CON EL TRASLADO DE CONDENADOS”, publicado
por TRIBUNA del ABOGADO (julio de 2008), la Revista del Colegio de Abogados del Uruguay; 24)
“Informe a la Comisión
de Salud Pública y Asistencia Social de la Cámara de Representantes sobre el proyecto de ley
de legalización del aborto en Uruguay”, presentado en junio de 2008 y
publicado en la página web de la Conferencia Episcopal
del Uruguay (Noticeu); 25) “La Corte Penal
Internacional y la asistencia jurídica internacional”. “Primer caso de
solicitud de asistencia internacional de la CPI al Uruguay”, Revista Jurídica “La Ley Uruguay ”, Año I,
No. 3, de diciembre de 2008 D 192/2008 (colgado además en la página web de la Corte Penal
Internacional en el enlace: http://www.legal-tools.org/en/access-to-the-tools/ltfolder/0_5023/#results). Y además fue incluido por ALADI en
su página web en una selección de trabajos internacionales. 26) “Ley de salud
sexual y reproductiva No. 18.426 de la República Oriental
del Uruguay. Luego del veto presidencial a la legalización del aborto”,
publicado en la página de Abogados Católicos de www.es.catholic.net
en febrero de 2009; 27) “La ideología de género”, publicado en la página de
Abogados Católicos de www.es.catholic.net
en marzo de 2009; 28) “La protección del derecho a la vida tiene mayor
jerarquía que cualquier otro derecho que esgrima una mutualista. Apreciación
desde el Bioderecho personalista”, junto con el médico y Doctor en bioética
Eduardo Casanova, en Sección Jurisprudencia anotada, “Revista Jurídica La Ley Uruguay ”, Año II,
No.5, mayo 2009; 29) “La asistencia
penal internacional y la extradición en los delitos comunes y en los delitos
organizados transnacionales (narcotráfico, lavado de activos y financiación del
terrorismo y corrupción internacional). Hacia formas especializadas de
lucha contra el delito transnacional organizado. Comentario de las principales
soluciones convencionales y de fuente nacional uruguaya. Conclusiones y
propuestas”, Revista del Instituto Uruguayo de Derecho Internacional
Privado No. 7, año 2009, a
ser publicada en 2011 por FCU; 30) “La
adopción plena extranjera no es una institución desconocida para nuestro
Derecho sino que encuentra su paralelo en la legitimación adoptiva”,
publicado en sección Actualidad Jurídica Comentada del Boletín digital de la Revista Jurídica La Ley Uruguay , No. 28 de
17 de junio de 2009; 31) “Informe contra el Proyecto de Ley sobre transplante
de tejidos incluyente de utilización de células madre”, realizado en nombre de la Unión Cívica a la Comisión de Salud y
Asistencia Social de la Cámara
de Representantes, setiembre de 2009, según actas publicadas en la página web
del Parlamento uruguayo. También publicado en setiembre de 2009 en
catholic.net/Abogados Católicos. 32) “Adopción
plena por parejas homosexuales se aprueba en Uruguay”, publicado en setiembre de 2009 en la página web del
portal catholic.net/Abogados Católicos/Bioderecho.
33) “Los Equipos Conjuntos de Investigación (ECI) en el marco del Derecho
Internacional Penal. Con especial referencia al MERCOSUR”, Revista Jurídica
“La Ley Uruguay ”,
Año II, No.11, noviembre de 2009, D
1849/2009. 34) “Primera sentencia nacional que autorizó la constitución de un equipo
conjunto de investigación (ECI). Comentario a
sentencia del Juzgado Letrado de 1ª. Instancia Especializado en Crimen
Organizado de Primer Turno”. La Ley
Uruguay On Line, diciembre de 2009. 35) “Traslado de personas
condenadas (cumplimiento de sentencias penales en el extranjero). Un
instrumento de derecho humanitario en el marco del derecho internacional penal.
Breve referencia de la nueva normativa convencional interamericana y regional
sobre la materia”. “La
Ley Uruguay On Line”, enero de 2010; 36) “Comentario a primer sentencia de crimen organizado sobre solicitud
internacional de prueba transfronteriza en causa argentina de
narcotráfico”. “La Ley Uruguay On Line”,
febrero de 2010. 37) “Extradición y delito político”, comentario
a sentencias uruguayas sobre el caso de extradición del imputado como autor del
atentado de Luxor en Egipto. La
Ley Uruguay “On Line”,
D 1740/2010. 38) “La adopción plena extranjera no es una
institución desconocida para nuestro Derecho sino que encuentra su paralelo en
la legitimación adoptiva”. Comentario de jurisprudencia. Revista Jurídica “La Ley Uruguay ”,
No.7 de
julio de 2010, D 2049/2010. 39)
“COMPRAVENTA INTERNACIONAL DE MERCADERIAS. CONVENCIÓN DE NACIONES UNIDAS
SOBRE LOS CONTRATOS DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL DE MERCADERIAS. Breve
referencia sobre el alcance material de la misma y regulación a nivel del
MERCOSUR de la jurisdicción internacional competente”. Boletín Electrónico de La
Ley Uruguay , octubre de 2010, D. 1545/2010.
40)
“La videoconferencia como medio probatorio en los procesos penales
internacionales”, “La Ley Uruguay ”, Año III No. 11, noviembre
de 2010, D 2704/2010. 41) “Tiene valor la firma electrónica luciente en
una solicitud de extradición cursada al Uruguay proveniente de