martes, 6 de septiembre de 2011

PRUEBA TRANSNACIONAL EN MATERIA PENAL.

PRUEBA TRANSNACIONAL EN MATERIA PENAL.

Obtención y valoración. La importancia de IberRed en la cooperación jurídica internacional.


Por Carlos ALVAREZ COZZI

En reciente Reunión de Expertos sobre Prueba Transnacional, a la que concurrió por Uruguay el autor para exponer sobre “Primeros casos de prueba transnacional en Uruguay (videoconferencia, equipos conjuntos de investigación y coparticipación en prueba de narcotráfico)”, (publicados por La Ley Uruguay), organizada por IberRed, la red iberoamericana de cooperación jurídica internacional, en la ciudad de Antigua, República de Guatemala, se arribó a las siguientes Conclusiones y Recomendaciones que por su alta importancia transcribimos:

“CONCLUSIONES, COMPROMISOS Y RECOMENDACIONES  RESPECTO DE LA PRUEBA TRANSNACIONAL[1]


La intensificación de la delincuencia transnacional obliga a potenciar la cooperación internacional con la finalidad de superar las fronteras, de forma que éstas no sean un obstáculo para las investigaciones de los delitos por las autoridades competentes.

La ausencia de uniformidad de las legislaciones sustantivas y procesales, así como de los sistemas de investigación de los delitos, no debe frenar la cooperación internacional.

Junto a los sistemas tradicionales como los convenios internacionales de distinta índole, y con la meta futura de alcanzar la armonización de las legislaciones y el reconocimiento mutuo de las resoluciones judiciales, debemos fortalecer los instrumentos basados en la asistencia mutua y el uso de la IberRed, al tiempo que se potencia la especialización de los jueces y fiscales.

Uno de los temas cruciales para conseguir la represión de los delitos transfronterizos es la práctica, adecuada y eficaz, de los elementos de convicción y de las pruebas  transnacionales en las que se fundamenten los autos y/o las sentencias, a fin de evitar la impunidad.


En base a todo ello:

1. Tras el convencimiento que la función de IberRed es decisiva en el avance de la cooperación internacional, se subraya una vez más la importancia de una comunicación directa y fluida entre Puntos de Contacto de IberRed y se vuelve a renovar el compromiso del  uso del Iber@ como vía para transmitirse la información y evacuar las consultas pertinentes entre Puntos de Contacto y Enlaces de Autoridad Central en aras a facilitar la práctica de la prueba transnacional.



2. El aumento de las prácticas de pruebas transnacionales exige la especialización de los jueces y fiscales que las llevan a cabo, por lo que se considera recomendable la designación y formación de un fiscal y de un juez en cada una de las comunidades o departamentos en los que se divide la organización fiscal y judicial de cada país, en la utilización de los instrumentos de cooperación, y la posterior creación de redes internas de fiscales y de jueces de cooperación internacional [2]

3. Para conseguir que la prueba transnacional obtenga la eficacia adecuada se considera imprescindible que las solicitudes de  aquellas estén correctamente cumplimentadas para evitar errores o deficiencias que impidan su posterior valoración.

Para lo anterior, se recomienda que la solicitud de prueba remitida al país requerido cumpla los siguientes requisitos:

a) Redacción suficientemente amplia que permita hacer constar de forma clara y precisa lo que la normativa del país requirente necesita para que la prueba que se practique en el país requerido reúna las garantías mínimas indispensables para que tenga pleno valor probatorio,  evitando que pueda ser anulada posteriormente por la diferente  regulación procesal de cada país.
b) Que el relato de los  hechos sea suficiente para fundamentar legalmente  la práctica  de prueba que se solicite, acreditando su vínculo con  las personas involucradas  y las pruebas a practicar.

 A estos efectos se acuerda elaborar un modelo de solicitud de prueba transnacional para todos los países Iberoamericanos.[3]

4.- La práctica de la prueba se llevará a cabo conforme al Derecho del país requerido, observando las garantías expresadas por el requirente, salvo que éstas sean contrarias a los principios fundamentales de su propio Derecho. Estas garantías deben ser las imprescindibles para la validez de la prueba en el país requirente, de forma que se favorezca la agilidad sin merma de aquellas.

5.- Los distintos sistemas procesales de investigación atribuyen esta función a diferentes autoridades, por lo que se recomienda respetar a la que sea competente para la  solicitud  y  práctica de la prueba, intensificando así la confianza mutua.

6.- La necesidad de aprovechar las pruebas practicadas con anterioridad por otro país nos inclina a instar la aceptación de las pruebas realizadas por el Estado requerido, salvo que contradigan los principios fundamentales del ordenamiento jurídico del  Estado requirente.

 7. Los participantes se comprometen a remitir a la Secretaría General de IberRed la legislación,  jurisprudencia, doctrina y  prácticas existentes en sus países sobre prueba transnacional.

8. Se resalta la utilidad y eficacia de preparar previamente, y por vía informal, las comisiones rogatorias para el buen éxito de las mismas, a fin de evitar su rechazo.

9. Se recomienda que todos los países iberoamericanos ratifiquen las Convenciones de Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional (Palermo 2000) y Contra la Corrupción (Mérida 2003); y se solicita a IberRed que pueda seguir potenciando el trabajo iniciado con las Autoridades Centrales de dichas Convenciones.

10. Se subraya la importancia del uso de las nuevas tecnologías como el sistema Iber@ o la videoconferencia para la agilización de la prueba transnacional.

11. Se recomienda que las  Escuelas Judiciales y/o  de Fiscales  incorporen módulos de formación  sobre IberRed y el sistema Iber@ tanto en el curso de formación inicial como permanente. Además se señala la utilidad  de difundir IberRed en todos aquellos ámbitos de carácter jurídico  que puedan   vincularse con la cooperación jurídica internacional.

Se recomienda que sean los formadores designados por cada país para la difusión de IberRed quienes lleven a cabo esta labor de formación.



                                                           Antigua Guatemala, 22 de julio de 2011”.


En dicho evento propusimos recomendar a los Estados miembros de IberRed la ratificación por parte de los países que no lo hayan hecho hasta el presente, de la Convención de Palermo de 2000 sobre Delincuencia Organizada Transnacional así como también Convención de Naciones Unidas de Mérida contra la Corrupción de 2003 , la primera de las cuales prevé el más completo cógido de asistencia penal internacional y extradición para los delitos de narcotráfico, lavado de activos y financiamiento del terrorismo y la corrupción. Otro de los puntos clave para el éxito del combate al crimen organizado es precisamente el de la prueba transnacional o transfronteriza, como se obtiene la misma por parte del Estado requerido, con las consiguientes garantías procesales y sin contrariar el orden público interno ni internacional de dicho Estado y como se valora la misma por parte del Estado requirente.
Asimismo resulta fundamental la utilización de la red de puntos de contacto y enlaces de IberRed, para contribuir, además de la vía Autoridad Central, a agilizar la cooperación interetática, haciéndola más eficaz y eficiente.
El conocimiento personal de los enlaces de Autoridades Centrales es por ello básico, para ganar en confidencialidad y seguridad en la transmisión de los pedidos internacionales. La red creada por el organismo de cooperación iberomericana así como la utilización del sistema Iber@ y la videoconferencia internacional, se convierten en fundamentales para mejorar y acelerar la cooperación, naturalmente sin olvidar la vía autoridad central prevista en todos los modernos tratados de cooperación jurídica internacional, que no es sustituida sino potenciada por IberRed. Justamente, los puntos de contacto se comunican con los Enlaces de Autoridades Centrales muchas veces para consultar que requisitos tiene el Estado requerido para diligenciar pedidos de cooperación jurídica internacional, a fin que no se frustre la medida y no se pierda tiempo.
En base a todo ello es que en Uruguay estamos potenciando con el apoyo de la Secretaría General de IberRed y la coordinación del MEC, el Ministerio Público y el Poder Judicial, la difusión a nivel de los magistrados judiciales y fiscales, mediante videoconferencias y cursos, el conocimiento de estas herramientas para que las fronteras no se conviertan en obstáculos para la Justicia sino en puntos de encuentro para lograrla por sobre ellas.


[1] Para los efectos del presente documento se entenderá por “prueba transnacional”: Los actos de investigación, la prueba pre constituida y la prueba anticipada.
[2]  El delegado uruguayo manifiesta que con respecto al punto dos no emite  opinión en tanto no representa al Poder Judicial de su país  sino a la Autoridad Central radicada en el  Poder Ejecutivo.
[3] La representante de México se compromete a enviar a todos los presentes antes del 30 de agosto un borrador de solicitud de prueba sobre la base de lo debatido y analizado en la presente reunión. Y los participantes a su vez se comprometen a revisarlo antes del 30 de septiembre. El modelo final será compartido con todos los Puntos de Contacto y Enlaces de IberRed y colgado en su página web.

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